martes, 25 de marzo de 2008

El Territorio Ancestral Mapuche: El Comité de Derechos Humanos de la ONU y la situación de Chile


En virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos del año 1966, ratificado por el estado chileno el año 1969, todos los estados partes tienen que, por un acto de buena fe, presentar periódicamente un informe relativo al avance en el goce de los derechos contenidos en dicho pacto. Dichos informes se presentan al Comité de Derechos Humanos de la Naciones Unidas, organismo creado a partir de lo establecido en el pacto en cuestión.

Una las funciones que tiene el Comité de Derechos Humanos (CDH) es llevar a los estados a un examen para determinar si están o no garantizando Derechos Humanos fundamentales mínimos dentro de su soberanía. Para ello junto con revisar la información proporcionada por los estados, el comité también recepciona los informes provenientes de organizaciones no estatales como ONGs, grupos ambientalistas, corporaciones, Pueblos Originarios, etc.

Junto con evaluación del informe, se establece un diálogo entre los miembros del Comité, la delegación del estado en examen y las delegaciones de organismos no estatales del país. En este “diálogo” el estado y las organizaciones no estatales están en una situación horizontal, por lo que, una argumentación contundente o una denuncia de los representantes de algún sector oprimido no podrá ser acallada por los organismos del estado.

Si el Comité estimara que en un estado se vulneran los derechos humanos, entonces envía un documento de vuelta al estado en examen “recomendándole” que, por un acto de buena y por la obligación moral de cumplir con lo que el pacto ratificado, rectifique su legislación y política interna, para garantizar los derechos establecidos en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos. Lo importante del asunto es el potencial daño a la imagen de un estado que podría generar una evaluación negativa por parte del Comité: a ningún estado le gustaría la calificación de “violador de Derechos Humanos”, siempre y cuando esta información no se oculte.

Como el estado de Chile siempre ha estado a la vanguardia de los Derechos Humanos, desde la vuelta a la “democracia”, se ha tomado la atribución de enviar su quinto informe (el último hasta la fecha) con cuatro años de demora. Dicho informe fue recibido por el Comité en marzo del año pasado.

Como las evidencias lo demuestran, el Comité ha mostrado su “preocupación” por el nulo avance (¿retroceso?) en variados aspectos. Dicha preocupación se tradujo en un documento, “Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos”, que contienen todas las observaciones y recomendaciones del Comité para el estado chileno. Veamos cuales son:

· Incorporar “la jurisprudencia de la Suprema Corte sobre el Decreto Ley de Amnistía 2.191 de 1978”.
· Crear una institución nacional de derechos humanos (manipulado electoralmente por la Concertación).
· Definición más precisa de los delitos de terrorismo contenidos en la Ley Antiterrorista 18.314.
· Revisar la legislación sobre el aborto (ya que es “indebidamente restrictiva”).
· Evitar la impunidad de las violaciones a los derechos humanos cometidas en la dictadura militar (Párrafo 9).
· Sancionar y por fin a la brutalidad de las fuerzas policíacas.
· Eliminar la detención en condiciones de incomunicación prolongada.
· Limitar la acción de los tribunales militares sólo a militares (y no a civiles por cuestiones civiles).
· Reconocimiento de la “objeción de conciencia al servicio militar”.
· Retirar todos los obstáculos legislativos que limiten los derechos sindicales persistentes en Chile.
· Superar los obstáculos políticos que impiden la reforma de la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, a fin de garantizar en igualdad el derecho al sufragio universal.
· Garantizar la igualdad de derechos e igualdad ante la ley a todas las personas, independientemente de su orientación sexual.
· Eliminar la legislación en materia familiar que discrimina a las mujeres en su capacidad de administrar su patrimonio, tales como el “régimen supletorio de sociedad conyugal”. (No olvidemos que el 21 de agosto de 2007, la presidenta anunció que daría urgencia al proyecto de ley que modifica la sociedad conyugal para alcanzar la igualdad de derechos en esta materia, pero no mencionó que el Comité de Derechos Humanos así se lo ha exigido al estado chileno… manipulación política)
· Combatir la discriminación contra la mujer en el aspecto laboral.
· Reconocimiento de las “tierras ancestrales”, tanto Mapuche como de otros pueblos (Párrafo 19).
· Consultar con las comunidades indígenas (indígena = ¿indio + alienígena?) antes de conceder licencias para la explotación económica de las tierras objeto de controversia (Párrafo 19).

En la parte final del documento hay dos puntos de sumo interés:

Se exhorta al estado chileno a publicar y difundir ampliamente las observaciones y recomendaciones del informe del Comité (lo cual hasta ahora no se ha realizado y que probablemente no se realice a menos que nosotros lo exijamos).

Se pide al estado “proporcionar, en el plazo de un año, la información pertinente sobre la evaluación de la situación y el cumplimiento de las recomendaciones del Comité contenidas en los párrafos 9 y 19” (ver las recomendaciones anteriores destacadas con negrilla).

El plazo del punto 2 se terminó. El estado debe entregar un estado de avance respecto de las recomendaciones ya enlistadas.

Surge entonces la pregunta: ¿Hay avance?

Indudablemente no.

No hay reconocimiento del Territorio Ancestral Mapuche y, peor aún, gran cantidad de megaproyectos pretenden emplazarse o se emplazan en nuestras tierras: centrales hidroeléctricas (Liquiñe, Pellaifa, Carririñe, Pilmaiquen, etc.), mineras (Lago Lleu-Lleu), Ruta Costera (Territorios Lafkenche desde la octava hasta la décima región), aeropuertos (sector Quepe-Pelales), plantas químicas de tratamiento de aguas servidas (Labranza), forestales (en todo el territorio Mapuche), ductos de desechos de la industria forestal (Celco en Mehuin), basurales (Boyeco),…

(No mencionamos directamente la persecución de dirigentes, incendios en tierra Mapuche, la ejecución extrajudicial de Matías Catrileo, la ratificación de un Convenio 169 mutilado e inconsulto, etc., por escapar al tema del informe que debe presentar el estado chileno al Comité de Derechos Humanos.)

Más importante que preguntarse si hay avance o no por parte del estado, es preguntarse ¿Sabrá el Comité que en vez de un avance hay un retroceso?

Es de suponer que las comunidades y dirigentes Mapuche sabían del plazo “fatal” de un año y es de suponer, también, que ya deben haber enviado los informes paralelos correspondientes… ¿Verdad?

Afi ta fachi srakisuam.


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